Programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

21 March 2023

Subvenciones destinadas a apoyar e impulsar la competitividad y modernización, a través de la transformación digital y sostenible de las pequeñas y medianas empresas de comercio; y convocar estas ayudas para el ejercicio 2022.

La finalidad de estas ayudas es financiar el desarrollo de planes y proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible que, presentados por las pequeñas y medianas empresas de comercio, ya sea de manera individual o a través de las asociaciones u organizaciones que representan sus intereses, incidan en la gestión de la actividad comercial y en su modelo de negocio, garantizando su adaptación a los nuevos hábitos de consumo, modalidades de venta, posicionamiento y distribución.

Destinarios

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en este decreto:
 

a) Línea de ayudas destinada a pequeñas y medianas empresas del sector comercial: Las personas físicas y jurídicas del sector comercio, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado aun careciendo de personalidad jurídica propia, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención, y que cumplan los siguientes requisitos:
 

1º Tengan la consideración de PYME, con arreglo a la definición establecida en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se  declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías). Para la acreditación de este requisito el solicitante deberá presentar la declaración responsable que figura en el anexo destinado al efecto, en el presente decreto.

2º La actividad principal del negocio deberá corresponder con alguna de las actividades incluidas en los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009). Para la acreditación de este requisito el solicitante deberá presentar la declaración responsable sobre la actividad económica del establecimiento que se incluye dentro del modelo de solicitud, en el anexo destinado al efecto. Si el solicitante desarrolla con carácter principal la actividad con código CNAE 473 “Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados”, únicamente podrá ser beneficiario si la ayuda está directamente vinculada con las tiendas ubicadas en este tipo de establecimientos destinadas al comercio al por menor de alimentación y/o toda clase de artículos.


Si en el establecimiento se ejercen de manera simultánea actividades de comercio con otras que no tengan dicha consideración, el proyecto será subvencionable siempre y cuando la actividad principal ejercida en el establecimiento sea la de comercio, en función del porcentaje de facturación. El solicitante deberá indicar cuál es la actividad principal de la empresa en el apartado correspondiente de la solicitud.


No obstante, el órgano gestor podrá solicitar la información adicional que considere necesaria para su verificación.


3º Que el establecimiento comercial para el que se solicita la ayuda esté ubicado dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
 

4º Deberán acreditar la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda. A tal efecto, salvo que el interesado se oponga a ello de forma expresa en la solicitud, el órgano instructor recabará de oficio de la AEAT la cesión de información de datos del IAE con finalidades no tributarias. Si manifiesta su oposición de forma expresa, el solicitante deberá presentar el alta en IAE.
 

b) Línea de ayudas destinada a las asociaciones, así como las entidades asociativas que integren varias asociaciones, las federaciones y confederaciones legalmente constituidas y con sede social en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura que:
1º Tengan entre sus fines estatutarios y programas de actuación la defensa de los intereses de pequeños establecimientos comerciales y la realización de actividades que contribuyan a la dinamización y fomento de la actividad comercial.

2º Agrupen al menos al 30 por ciento de socios cuya actividad principal del negocio se corresponda con alguna de las actividades incluidas en los códigos 45, 46 o 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009).

Para la acreditación del cumplimiento de estos requisitos, la asociación, federación o confederación deberá presentar una declaración responsable conforme el modelo que figura en el anexo destinado al efecto, del presente decreto.

 

Alcance ayuda

El importe de la ayuda será del 80% de los gastos subvencionables en la línea de ayudas destinada a pequeñas y medianas empresas del sector comercial siendo el importe máximo
de ayuda de 50.000 euros.

Actividades subvencionables. Línea de ayuda destinada a pequeñas y medianas empresas del comercio minorista.
Los potenciales beneficiarios presentarán una solicitud de ayuda por establecimiento que podrá englobar una o varias de las categorías de gastos subvencionables señaladas a continuación:
— Mejora de la atención, relación y conocimiento de cliente, y su fidelización, mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanza.
— Mejorar las funcionalidades de la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad de los modelos de negocio.
— Soluciones en ciberseguridad y gestión de datos.
— Mejorar la comunicación interna dentro de un negocio que optimice la forma de trabajo.
— Desarrollo de aplicaciones informáticas diseñadas para teléfonos móviles inteligentes que sirvan para promocionar productos y servicios.
— Digitalización de la gestión en el comercio, mediante la optimización, integración o automatización de una o varias operaciones de gestión interna del negocio, incluyendo
desde la relación con proveedores hasta el cliente final.
— Transformación digital del comercio ambulante y canales cortos de comercialización .

— Mejorar la atención, la experiencia de compra y la afluencia de los clientes en los establecimientos comerciales.

— Eficiencia energética, sostenibilidad y economía circular.

Normativa y solicitud

El plazo para presentar las solicitudes se iniciará a partir del día siguiente de la publicación de la presente convocatoria y su correspondiente extracto en el Diario Oficial de Extremadura y
finalizará el 31 de marzo de 2023.

Órgano gestor
Secretaría General de Economía y Comercio
Secretaría de Economía y Comercio Paseo de Roma s/n. Mérida. Ayudas Mejora Comercio Minorista, Fomento del Asociacionismo, Animación Comercial y Contratación de Gerentes: 924010854 (Badajoz) jose.grande@juntaex.es; 927005667 (Cáceres) raul.palencia@juntaex.es Ayudas Internacionalización empresas extremeñas: 924005302 angeles.lopeztercero@juntaex.es; 924003234 gabriel.gomez@juntaex.es Ayudas Artesanía: javier.gracia@juntaex.es 924002714; jesusmanuel.acedo@juntaex.es 924005726 Ayudas Fomento Franquicias: german.ortiz@juntaex.es 924005843; carlos.mejiasg@juntaex.es 924005658
https://www.juntaex.es/temas/empresas/comercio

 

Acceso solicitud: Ayudas para el Programa de Modernización del Comercio